Seguridad y protección

Para Celebrity Cruises® y su empresa matriz, Royal Caribbean Cruises Ltd, la seguridad y protección de nuestros huéspedes y tripulantes es nuestra máxima prioridad y es fundamental para nuestras operaciones. Nuestro historial de seguridad marítima a lo largo de nuestros 42 años de historia ilustra claramente nuestro compromiso con la seguridad de los millones de huéspedes y tripulantes que navegan en nuestros barcos. Las medidas que adoptamos en favor de la seguridad son muchas, y nuestros barcos a menudo superan lo exigido por las autoridades reguladoras; todo ello forma parte de nuestro compromiso continuo con la innovación y la mejora constante en todos los aspectos de nuestra actividad.

Al comienzo de cada crucero, todos los huéspedes y tripulantes deben completar un simulacro conocido como el simulacro de "muster", para asegurarse de que saben qué hacer y adónde ir en el improbable caso de una emergencia. Para garantizar además que conocen su ubicación específica de muster, la indicamos en cada tarjeta llave del huésped. La ubicación también aparece de forma destacada en la parte posterior de la puerta de cada camarote.

Además del simulacro de muster para nuestros huéspedes, nuestros oficiales y tripulantes realizan simulacros semanales, mensuales y anuales en cada barco, y completan una amplia formación, certificación y distintos escenarios de preparación para el muy improbable caso de una emergencia, incluida la formación sobre procedimientos de evacuación del barco. Todos nuestros barcos cuentan con suficientes embarcaciones de salvamento para acomodar a cada huésped y miembro de la tripulación a bordo, así como capacidad adicional de reserva.

Todos nuestros barcos están diseñados y operados de conformidad con los estrictos requisitos de la Organización Marítima Internacional, el organismo de las Naciones Unidas que establece normas mundiales para la seguridad y la operación de los cruceros, recogidas en el Convenio sobre la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS). Las normas relacionadas con la seguridad son rigurosas, y con frecuencia vamos más allá de lo exigido; por ejemplo, incorporamos sistemas mecánicos, de navegación y de seguridad de respaldo.

Además, nuestros buques, sin importar por dónde naveguen en el mundo, cumplen los requisitos de la Cruise Vessel Security and Safety Act de EE. UU. (CVSSA), incluidos la altura de las barandillas, el control de accesos, la televisión en circuito cerrado, la preparación médica, la notificación de denuncias penales y la formación de la tripulación. Nuestros propios requisitos suelen superar los establecidos en la CVSSA. Trabajamos estrechamente con las autoridades reguladoras para mejorar las leyes de seguridad y participamos con regularidad en debates y estudios para informar a los legisladores sobre las prácticas actuales y aportar nuestra perspectiva sobre normativas y estándares que garanticen la seguridad.

Las autoridades del estado de pabellón y otros organismos reguladores de seguridad marítima, como la U.S. Coast Guard, de cada país que visitan nuestros barcos, también los inspeccionan con regularidad. Sus revisiones se centran en los equipos de salvamento y en los elementos de seguridad y protección medioambiental, y estos funcionarios tienen la autoridad de impedir que nuestros barcos zarpen si no cumplimos la normativa. Además de estas inspecciones, el sistema continuo de auditorías internas y externas (independientes) realizadas por expertos marítimos también nos ayuda a mantenernos vigilantes, operar nuestros barcos con seguridad y conservar sistemas eficaces.

Para obtener más información sobre este tema, consulte otras preguntas frecuentes sobre la sección de Preguntas frecuentes sobre seguridad y protección.

Guía de seguridad

Estadísticas de denuncias de delitos en cruceros

Celebrity Cruises® se compromete a prevenir la actividad ilegal y trata todas las denuncias con la máxima seriedad. Informamos de todas las denuncias de delitos a las fuerzas del orden, independientemente de la validez de la reclamación. La Cruise Vessel Security and Safety Act de 2010 (CVSSA) exige que las estadísticas sobre denuncias de delitos en cruceros se publiquen en Internet por el Gobierno de EE. UU. para consulta pública. Este requisito de información pública es exclusivo del sector de los cruceros, ya que no existe un requisito similar para ningún otro sector comercial, incluidos hoteles y aerolíneas. Puede consultar estas estadísticas oficiales en Cruiseline Incident Reports.

Resumen de la Guía de seguridad

La Cruise Vessel Security and Safety Act exige a las navieras que operan en aguas de Estados Unidos que pongan a disposición de los huéspedes una Guía de seguridad. Esta Guía de seguridad se proporciona en virtud de dicha ley de Estados Unidos.

La seguridad y protección de nuestros huéspedes y tripulantes es nuestra máxima prioridad. Las denuncias de delitos, los informes de personas desaparecidas y las emergencias médicas se toman muy en serio, y nos comprometemos a responder de manera eficaz y atenta a las personas implicadas. Cada uno de nuestros barcos cuenta con equipos especializados de seguridad y médicos para responder, respectivamente, a presuntos delitos y situaciones médicas. Están a bordo, de servicio y disponibles en todo momento. 

Si llega a tener conocimiento de que alguien ha resultado herido o de un comportamiento inseguro o posiblemente ilegal durante sus vacaciones en crucero, es muy importante que lo comunique de inmediato a la dirección del barco. Puede hacerlo llamando al número de teléfono de emergencia del barco que figura en el directorio de servicios de su camarote; o llamando o acudiendo al mostrador de Guest Services / Guest Relations. Si no informa de inmediato de una lesión o de un comportamiento inseguro/ilegal, este retraso puede hacer que el personal del barco no pueda responder eficazmente a la situación y no pueda preservar adecuadamente la información o las pruebas que podrían ayudar a la investigación y al enjuiciamiento de los responsables por parte de las fuerzas del orden. 

Como empresa, informamos de las denuncias de delitos a las fuerzas del orden para que puedan investigarlas y perseguirlas en la máxima medida que permita la ley, independientemente de en qué parte del mundo se encuentre el barco en el momento del incidente. Las denuncias de delitos se comunican a las autoridades de las fuerzas del orden en el siguiente puerto de escala, así como al país bajo cuya bandera navegan nuestros barcos. También informamos de las denuncias de delitos al Federal Bureau of Investigation (FBI) y a la United States Coast Guard (USCG), en cumplimiento de las leyes de Estados Unidos.

 Según la legislación federal de Estados Unidos, en los viajes internacionales que embarcan o desembarcan en Estados Unidos, Royal Caribbean Cruises Ltd. (y otras navieras) está obligada a informar a los organismos federales de los delitos graves a bordo y de los ciudadanos estadounidenses desaparecidos. En caso de un ciudadano estadounidense desaparecido y de todos los delitos graves (homicidio, muerte sospechosa, secuestro, agresión con lesiones corporales graves, agresiones sexuales según se definen en las leyes federales, disparos o manipulación del buque, o robo de dinero o bienes por un importe superior a $10,000), el incidente debe notificarse al FBI por teléfono lo antes posible, al United States Department of Homeland Security por vía electrónica y a la USCG por escrito. Estos requisitos se aplican a los incidentes a bordo que ocurran mientras el barco se encuentre en aguas territoriales de Estados Unidos, o en alta mar o en aguas extranjeras si la víctima o el autor es ciudadano estadounidense. El FBI puede ejercer jurisdicción penal en todas estas circunstancias. Cada uno de los países visitados, así como el país de registro del buque, también puede ejercer jurisdicción e imponer requisitos adicionales de notificación. 

La legislación de Estados Unidos también nos obliga a proporcionarle la siguiente información. En los cruceros que embarcan o desembarcan en Estados Unidos, puede ponerse en contacto de forma independiente con el FBI o la USCG para incidentes que surjan en cualquier momento durante el viaje. Para incidentes dentro de aguas o puertos estatales o extranjeros, también puede ponerse en contacto con las autoridades locales de las fuerzas del orden. La información de contacto de estas entidades, junto con la información de contacto de un grupo externo de defensa de las víctimas y las ubicaciones de las Embajadas y Consulados de Estados Unidos para los puertos que tenemos previsto visitar durante los viajes orientados a Estados Unidos, se pone a su disposición. Si necesita ayuda para localizar esta información o si considera que ha cambiado desde su publicación o es incorrecta, póngase en contacto de inmediato con Guest Services / Guest Relations. Lista de contactos de la Guía de seguridad 

Informe de sostenibilidad

El Informe de sostenibilidad de 2012 ofrece una visión de las prácticas y el rendimiento de nuestras áreas de Seguridad, Protección, Medio ambiente y Salud médica/pública. Durante cada viaje, seguimos dedicados a salvaguardar a nuestros huéspedes y tripulantes, así como los destinos y los entornos marinos en los que operamos. 

Nuestro enfoque de una gestión responsable (PDF)

Informe de sostenibilidad de 2012 (PDF)

Guía de seguridad

La Cruise Vessel Security and Safety Act exige a las navieras que operan en aguas de Estados Unidos que pongan a disposición de los huéspedes una Guía de seguridad. Esta Guía de seguridad se proporciona en virtud de dicha ley de Estados Unidos.

La seguridad y protección de nuestros huéspedes y tripulantes es nuestra máxima prioridad. Las denuncias de delitos, los informes de personas desaparecidas y las emergencias médicas se toman muy en serio, y nos comprometemos a responder de manera eficaz y atenta a las personas implicadas. Cada uno de nuestros barcos cuenta con equipos especializados de seguridad y médicos para responder, respectivamente, a presuntos delitos y situaciones médicas. Están a bordo, de servicio y disponibles en todo momento.

Si llega a tener conocimiento de que alguien ha resultado herido o de un comportamiento inseguro o posiblemente ilegal durante sus vacaciones en crucero, es muy importante que lo comunique de inmediato a la dirección del barco. Puede hacerlo llamando al número de teléfono de emergencia del barco que figura en el directorio de servicios de su camarote; o llamando o acudiendo al mostrador de Guest Services / Guest Relations. Si no informa de inmediato de una lesión o de un comportamiento inseguro/ilegal, este retraso puede hacer que el personal del barco no pueda responder eficazmente a la situación y no pueda preservar adecuadamente la información o las pruebas que podrían ayudar a la investigación y al enjuiciamiento de los responsables por parte de las fuerzas del orden.

Como empresa, informamos de las denuncias de delitos a las fuerzas del orden para que puedan investigarlas y perseguirlas en la máxima medida que permita la ley, independientemente de en qué parte del mundo se encuentre el barco en el momento del incidente. Las denuncias de delitos se comunican a las autoridades de las fuerzas del orden en el siguiente puerto de escala, así como al país bajo cuya bandera navegan nuestros barcos. También informamos de las denuncias de delitos al Federal Bureau of Investigation (FBI) y a la United States Coast Guard (USCG), en cumplimiento de las leyes de Estados Unidos.

Según la legislación federal de Estados Unidos, en los viajes internacionales que embarcan o desembarcan en Estados Unidos, Royal Caribbean Cruises Ltd. (y otras navieras) está obligada a informar a los organismos federales de los delitos graves a bordo y de los ciudadanos estadounidenses desaparecidos. En caso de un ciudadano estadounidense desaparecido y de todos los delitos graves (homicidio, muerte sospechosa, secuestro, agresión con lesiones corporales graves, agresiones sexuales según se definen en las leyes federales, disparos o manipulación del buque, o robo de dinero o bienes por un importe superior a $10,000), el incidente debe notificarse al FBI por teléfono lo antes posible, al United States Department of Homeland Security por vía electrónica y a la USCG por escrito. Estos requisitos se aplican a los incidentes a bordo que ocurran mientras el barco se encuentre en aguas territoriales de Estados Unidos, o en alta mar o en aguas extranjeras si la víctima o el autor es ciudadano estadounidense. El FBI puede ejercer jurisdicción penal en todas estas circunstancias. Cada uno de los países visitados, así como el país de registro del buque, también puede ejercer jurisdicción e imponer requisitos adicionales de notificación.

La legislación de Estados Unidos también nos obliga a proporcionarle la siguiente información. En los cruceros que embarcan o desembarcan en Estados Unidos, puede ponerse en contacto de forma independiente con el FBI o la USCG para incidentes que surjan en cualquier momento durante el viaje. Para incidentes dentro de aguas o puertos estatales o extranjeros, también puede ponerse en contacto con las autoridades locales de las fuerzas del orden. La información de contacto de estas entidades, junto con la información de contacto de un grupo externo de defensa de las víctimas y las ubicaciones de las Embajadas y Consulados de Estados Unidos para los puertos que tenemos previsto visitar durante los viajes orientados a Estados Unidos, se pone a su disposición. Si necesita ayuda para localizar esta información o si considera que ha cambiado desde su publicación o es incorrecta, póngase en contacto de inmediato con Guest Services / Guest Relations.

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Preguntas frecuentes

¿Necesita más información? Consulte nuestras preguntas frecuentes sobre seguridad y protección.

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